Este Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, DECLARA CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por los profesionales del derecho ABDIAS AREVALO D¿ACOSTA e INES AREVALO RONDON, titulares de la Cédula de Identidad Nros V-821.862 y 11.409.607, respectivamente, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 305 y 59.016, respectivamente, procediendo en este acto en sus carácter de Apoderados Judiciales de la Sociedad Mercantil INVERSIONES RIO CHANARO, C.A., debidamente inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 13 de marzo de 1991, bajo el Nro. 01, Tomo 87-A Sgdo., RIF N° J-00339097-6, Aportante INCE Nro. 907712, de conformidad con lo establecido en los artículos 259 del Código Orgánico Tributario, contra: el Acto Administrativo de efectos particulares contenido en la Resoluci.....