Este TRIBUNAL SUPERIOR QUINTO DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la sociedad mercantil ACUAPRO C.A., plenamente identificada, contra la Resolución identificada con el No. 035/2005, de fecha 14 de marzo de 2005 y notificada en fecha 06 de abril de 2005, emanada del Despacho de Alcalde del Municipio Chacao del Estado Miranda.
En virtud de lo anterior, se REVOCA la Resolución No. 035/2005 emanada del Despacho del Alcalde del Municipio Chacao, en fecha 14 de marzo del 2005, y notificado en fecha 06 de abril del 2005 y se ordena LA ADMISIÓN del Recurso Jerárquico y APERTURA del lapso probatorio solicitado.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 327 del Código Orgánico Tributario, no se condena en costas a las partes intervinientes en el presente proceso, ya que considera este tribunal que la Administración Tributaria tubo suficientes motivos pa.....