(...) este Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara que: NO HAY MATERIA DE FONDO EN LA CUAL HAYA DE RECAER SENTENCIA DEFINITIVA, en la Acción de Amparo Tributario por el ciudadano Alberto Blanco-Uribe Quintero, venezolano, abogado en ejercicio titular de la Cédula de Identidad N° V-5.304.574, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA), bajo el número -20.554, procediendo en este acto con el carácter de apoderado especial de INGENIERIA GEOTECNICA PREGO, C.A., sociedad civil con forma mercantil, domiciliada en Caracas, e inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 24 de mayo de 1993, bajo en N° 20, Tomo 122-A-Sgdo., e inscrita en el Registro de Información Fiscal bajo el N° J-3008770-0; de conformidad con lo previsto en el artículo 51 y numeral 1° del artículo 49 de la.....