(...) este Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR los Recurso Contencioso Tributario, acumulados, interpuesto por la Sociedad Mercantil GIOVANNI Y CARLO OLIVIERO, SNC, plenamente identificada en autos, contra las: i) Actas Fiscales números HIR-C-0201467 y HIR-C-0201469, ambas de fecha 9 de septiembre de 1968, que dieron origen a las Planillas Complementarias de Liquidación números 812417, M-812417, 812418 y M-812418, por montos de Bs.7.906,33, Bs. 8.301,64, Bs.41.092,75 y Bs.49.958,61, respectivamente, todas de fecha 6 de diciembre de 1968, por concepto de impuesto y multas emanada de la Administración General del Impuesto sobre la Renta; ii) Actas Fiscales números HIRC-020-1470, HIRC-020-1471 y HIRC-020-1473, todas de fecha 9 de septiembre de 1968, que dieron origen a las Planillas Complementarias de Liquidación números 3805540, 980-5540, 3805541, 9805541, 3805.....