Visto el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha 26-02-2014, por los Apoderados Judiciales de la Alcaldía del Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Miranda, constante de seis (06) folios útiles y sus vueltos, junto con dos (02) anexos marcados "A" y "B", por cuanto dichas pruebas en su contenido no son manifiestamente ilegales ni impertinentes en los términos abajo expuestos, el Tribunal las admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva.-