Este Tribunal Superior Sexto Contencioso Tributario de la Región Capital administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, el presente recurso por resultar procedente la delación referida a la doble tributación y resultar improcedentes las delaciones referidas a si hubo prescindencia total y absoluta del procedimiento legalmente establecido y si se verificó en el presente asunto la eximente de responsabilidad penal tributaria del error de hecho y de derecho excusable, interpuesto en fecha catorce (14) de febrero de dos mil tres (2003)