Por las razones que anteceden, este Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley ADMITE, cuanto ha lugar en derecho, la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos Ricardo Arturo Navarro Urbáez y Gladys María Rodríguez Bogady, ya identificados, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil "COMPLEJO INDUSTRIAL LICORERO DEL CENTRO, C.A.", en consecuencia, se procederá a la tramitación y sustanciación correspondiente.