Este Órgano Jurisdiccional ordena de conformidad con lo establecido en el artículo 307 del Código Orgánico Tributario, la ejecución voluntaria de la Sentencia Interlocutoria Nº 04/2019 antes mencionada, para lo cual se le concede un plazo de cinco (05) días continuos a la contribuyente, contados a partir de su notificación, a los fines de que cumpla o demuestre haber cumplido con lo dispuesto en la señalada decisión. Líbrese boleta.