Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, el Recurso Contencioso Tributario interpuesto en fecha 13 de julio de 1998,por el abogado Carlos José Bolívar Herrera, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.883.714, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.278, actuando en su carácter de apoderado judicial de la contribuyente INSTITUTO DE CERUGIA AMBULATORIA Y ELECTIVA GUAYANA COMPAÑÍA ANONIMA, (ICEA GUAYANA, C.A.), aportante INCE N° 783771, contra la Resolución N° 356 de fecha 30 de abril de 1998, emanada de la Gerencia General de Finanzas del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE), y subsecuentemente contra las Actas de Reparo Nros. 000948 y 000949 de fecha 17 de septiembre de 1997.
En consecuencia:
1) Se ANULA el acto administrativo contenido en la Resolución N° 356 de fecha 30 de abril de 1998, dictado por la Gerencia G.....