Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PRESCRITA LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA exigida por la Dirección de Capitanías de Puerto de Maracaibo, de la Dirección General Sectorial de Transporte Acuático, adscrita al Ministerio de Transporte y Comunicaciones, a la contribuyente N.D. DAO DIVISIÓN OCCIDENTAL, C.A., a través de la Planilla de Derechos de Habilitación de Pilotaje Nro. 657 y Planillas de Liquidación de Derechos Fiscales Nros. 110118 y 110227, por la cantidad total de BOLÍVARES DOSCIENTOS VEINTE MIL SIN CÉNTIMOS (Bs. 220.000,00), ahora expresados en la cantidad de DOSCIENTOS VEINTE BOLÍVARES FUERTES SIN CÉNTIMOS (Bs. F. 220,00).