Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, el recurso contencioso tributario interpuesto por los abogados Freddy Pereira León y Juan de Dios Niño, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° 3.255.905 y 1.672.544, respectivamente, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N° 11.440 y 12.782, respectivamente, actuando en sus carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil INDUSTRIAS FRACOSTA, C.A.
En consecuencia:
i) Se ANULA el acto administrativo contenido en la Resolución N° 000231 de fecha 30 de julio de 2001, emanado de la Alcaldía del Municipio Sucre del Estado Miranda.
ii) Se condena en costas procesales a la Alcaldía del Municipio Sucre del Estado Miranda, en un cinco por ciento (5%) del reparo formulado en el acto administrativo objeto del presente recurso.