Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto subsidiariamente con el Recurso Jerárquico por la contribuyente DATACENTRO SOLUCIONES C.A.,, domiciliada en la Marrón a Cuji, Edif. Aldomar P.B. local 2C, Parroquia Catedral. Distrito Capital.
PRIMERO: Se confirma la Resolución N° GGS/GR/CRAAT/-2006-353 de fecha 21-02-2006, que declaro Parcialmente con Lugar el Recurso Jerárquico ejercido contra la Resolución de imposición de Sanción N° RCA-DFTD-2001, de fecha 02-11-2001.
SEGUNDO: Se anula la planilla de liquidación N° 01-10-01-2-25-000314 de fecha 15-01-2002, y se ordena emitir una nueva planilla de liquidación en virtud de haber modificad.....