Se dictó Sentencia Interlocutoria Nº PJ00820170000070, mediante la cual este Tribunal procede a SALVAR LA OMISIÓN en la cual incurrió este Juzgado al no incluir, en la Sentencia Interlocutoria No. PJ0082017000064 de fecha 08 de mayo de 2017, con la cual admitió el recurso contencioso tributario interpuesto en fecha 30 de noviembre de 2016, la reforma del recurso contencioso tributario presentada por la contribuyente recurrente en fecha 19 de diciembre de 2016.