Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO POR DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN, correspondiente al Recurso Contencioso Tributario interpuesto por del Abogado Mauro Domingo González Capote, titular de la Cedula de Identidad Nro. 2.977.242, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro 2.793, en su carácter de apoderado judicial de la SUCESION DE LEONARDO SILVA ESTRADA, domiciliada en la Avenida Andrés Bello, Centro Andrés Bello, Torre Este, 2do Piso, Oficina 23-E Municipio Libertador, contra la Resolución Sumario Administrativo SAT/GRTI/RC/DSA/99-I-000138 de fecha 21-04-1999, emanada de la División de Sumario Administrativo de la Gerencia Regional de Tributos Internos de.....