Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO POR DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN, correspondiente al Recurso Contencioso Tributario interpuesto por los Abogados Carlos Antonio Gomes Acevedo y Rosa Ysela González Evora, venezolanos, titulares de las Cedula de Identidad Nº V-6.314.713 y 10.376.395 respectivamente, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 45.891 y 55.912, en su carácter de apoderados judiciales la sociedad mercantil AUTO SERVICIOS LA JOYA S.R.L, inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el Nº 59, Tomo 63-A de fecha 26 de junio de 1973, ultima modificación de sus estatutos inscrito e.....