Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO POR DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN, correspondiente al Recurso Contencioso Tributario interpuesto del Ciudadano Tito Arzola García, titular de las Cedula de Identidad Nº 2.954.199, actuando en su condición de Presidente de la Empresa ALFOMBRAS IMPERIAL C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda bajo el Nº 14 Tomo 31-A en fecha 16-04-1975, domiciliada en la Calle California, Edificio La Meca, Planta Baja, Las Mercedes, con Nº de RIF. J-00097163-3, debidamente asistido por los Abogados Jaime Balague A. y Alonso Ramírez V, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 3.149.046 y 684.639,.....