Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por el Abogado Javier Garnica Guerra, INPREABOGADO Nº 81.914. en su carácter de apoderado judicial de la contribuyente DI STASI MOTORS, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy Distrito Capital) y Estado Miranda, en fecha 15-06-1971, bajo el N° 90, Tomo 55-A, e inscrita en el Registro de Información Fiscal (RIF) Nº J-00072404-0, contra la Resolución N° 045/2008, emanada en fecha 09-04-2008 de la Dirección Ejecutiva de Gestión Interna de la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Miranda, mediante la cual se declaró sin lugar recur.....