Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO ejercido por la contribuyente SALÓN DE BELLEZA PIPPO PER LEI C.A., en contra de la Resolución Nº. MH-SENIAT-HGJT-A-3080 de fecha 25 de junio de 1999 emitida por la Gerencia Jurídico Tributaria del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, organismo adscrito al Ministerio del Poder Popular para las Finanzas de la República Bolivariana de Venezuela, a través de la cual se declaró sin lugar el Recurso Jerárquico ejercido en contra de la Resolución No. SAT-GRTI-RC-DF-1-1052-003259 de fecha 08 de octubre de 1997, emitida por la Gerencia de Tributos Internos Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, organismo adscrito al.....