Cumplidos como han sido los requisitos de ley en este juicio y por las razones que han sido expresadas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso tributario ejercido subsidiariamente al recurso jerárquico interpuesto por la contribuyente PENSIÓN BOYACA, S.R.L., por intermedio de su Representante Legal Antonio Da Silva De Andrade debidamente asistido por el abogado José Vicente Castellanos, contra la Resolución N° GJT-DRAJ-A-2003-1914, de fecha 06-08-2003, emanada de la Gerencia Jurídico Tributaria del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y tributaria SENIAT:
PRIMERO: Se confirma, el contenido de las multas impuestas en la Resolución (Imposición de Sanción) N° SAT-GRTI-RC-DF-1-1052-LIC-2000-1050-4-01395 de fecha 04-12-2000, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servi.....