Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO POR DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN, correspondiente al Recurso Contencioso Tributario interpuesto por los Abogados Carlos Antonio Gomes y Rosa Ysela González, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 45.891 y 55.912 respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la contribuyente CERVECERIA VIGUES S.R.L., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 20-11-1973, bajo el Nº 99 Tomo 139-A-PRO. Con Nº de RIF J-00086287, contra la Resolución Nº GJT-DRAJ-2001-A-3341 de fecha 28-12-2001, emanada de la Gerencia Jurídico Tributaria del Servicio Nac.....