Cumplidos como han sido los requisitos de ley en este juicio y por las razones que han sido expresadas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso contencioso tributario ejercido subsidiariamente al recurso jerárquico interpuesto la ciudadana Franca Ortisi de Vargas actuando como Representante Legal de la contribuyente AVIATUN, S.A., contra la Resolución N° SAT-GTI-RCO-1345 emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Centro Occidental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) y la Planilla de Liquidación Nro. 03 10 63 004420, ambas de fecha 05-11-1997.