Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la contribuyente EMISORA 88.1 FM C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el No 26, Tomo 74-A Pro., el día 04/03/1993. Sociedad mercantil domiciliada en la Avenida La Estancia, Torre Invertida, Centro Ciudad Comercial Tamanaco. Piso 6. Oficina 626. Chuao. Municipio Chacao. Estado Miranda.
En consecuencia:
PRIMERO: Se anulan, en lo que respecta al cálculo de la multa impuesta, las Resoluciones de Imposición de Sanciones Nros. 03962, 03963, 03964, 03965, 03966, 03967, 03968, 03969, 03970, 03971, 03972, 03973, 03974, 03975, 03976, 03977, 03978, 03979,.....