Por todas las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por el ciudadano Yovanny Antonio Gómez Naranjo, en representación del fondo de comercio (ABASTO Y LICORERIA EL PASO), contra la Resolución N° GRLL-DJT-RJ-2003 00289, de fecha 11 de noviembre de 2003, emanada del Servicio Nacional de Administración Aduanera y tributaria (SENIAT) de la Región los Llanos. En consecuencia:
PRIMERO: Se Confirma el contenido de las Resoluciones Nros. MF-SENIAT-GRILL-DF-AS-2033-LN-125-22-504; GRLL-DJT-RJ-2003-00289, de fecha 31 de marzo y 11 de noviembre de 2003, respectivamente, emanadas del Servicio Nacional de Administración Aduanera y tributaria (SENIAT) de la Región los Llanos, así como también se confirma la planilla de liquidación N° 021001525000948, de fecha 12-05-2003.
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