DECISIÓN.
Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso tributario, por los abogados Carlos E. García Nuñez y Giuseppe Rosito Arabia, inscritos en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo los Nos. 27.986 y 39.729, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de INDUSTRIAS NUTRICOS, C.A., contra el acto administrativo Nº 1074 del 10 de mayo de 2001, emanado de la Gerencia General de Finanzas del Instituto Nacional de Cooperación Educativa INCE, actualmente INCES.
En Consecuencia:
PRIMERO: Se confirma la Resolución Nº 1074 del 10 de mayo de 2001, emanada del Instituto Nacional de Cooperación Educativa INCE, ahora INCES.
SEGUNDO: Se condena en costas a la contr.....