Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO POR DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN, correspondiente al Recurso Contencioso Tributario interpuesto por los Abogados Gabriel Trujillo Ramírez, Carlos García Núñez y Giusseppe Rosito Arbia, venezolanos, titulares de las Cedula de Identidad Nº 2.930.328, 6.810.065 y 6.175.245 respectivamente, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 2.934, 27.986 y 39.729 respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la contribuyente DISTRIBUIDORA PROTINAL C.A., inscrita ante el Registro de Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito del Estado Carabobo, bajo el Nº 44, Tomo 30-C, en fecha 16 de diciembre de .....