En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, el Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por la sociedad mercantil ALUMINIOS BARQUISIMETO, C.A. (ALBARCA), contra la Decisión emanada del Comité Ejecutivo del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE), en su reunión celebrada el 02 de mayo de 2002 ORDEN C.E.N°1.903-02-35, la cual declara sin lugar el Recurso Jerárquico interpuesto contra la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo número 1059, de fecha 28 de mayo de 2001, que impone la obligación de pagar Bs. 11.504.882,00 por aportes del 2%, Bs. 597.549,00 por aportes del ½% y Bs. 255.307,00 por Intereses Moratorios, y se ratifican las Multas por la cantidad de Bs. 14.266.054,00, Bs. 345.433,00 y Bs. 175.436,00.
En consecuencia se ANULAN los actos administrativos impugnados.
De conformidad con el Artí.....