En razón de lo expuesto, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario, administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la sociedad mercantil LICORES LA CASCADA, C.A., contra la Resolución la Resolución SNAT/GGSJ/GR/DRAA/2011-0343, que declara improcedente el Recurso Jerárquico interpuesto por la recurrente, en contra del Oficio SNAT/INTI/GRTICERC/DR/ACO-2010-1420-1657, del 04 de mayo de 2010, emanado de la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), a través del cual dicha Gerencia notifica a la sociedad mercantil Licores La Cascada, C.A., su calificación como Sujeto Pasivo Especial .
Se CONFIRMA la Resolución impugnada.
De conformidad con el Artículo 327 del Código Orgánico Tributario se exime de costas a la recurrente por haber tenido motivos.....