Cumplidos los requisitos exigidos en la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO AGRARIO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, admite el recurso de casación, anunciado en fecha 26 de enero de 2.009, por el ciudadano abogado ERALDO EMIRO BRACHO ESPINOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 42.104, apoderado judicial de la parte demandada, en contra de la decisión dictada en fecha 5 de noviembre de 2.008, por este Juzgado Superior Primero Agrario, en el Juicio de EJECUCIÓN DE HIPOTECA, incoado por BANESCO C.A., contra los ciudadanos AUERELIO GANGI FORTE y GRACIELA CORBINO DE GANGI.
Se ordena remitir el presente expediente, a la Sala Especial Agraria en su Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.