PRIMERO: Con lugar, la petición cautelar realizada por el recurrente en nulidad, y en consecuencia, sin que ello constituya un pronunciamiento previo sobre el mérito de la petición de nulidad formulada en el presente caso, se suspenden los efectos del acto administrativo dictado por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras, en sesión extraordinaria Nº 560-14, Punto de cuenta Nº 21, de fecha 21 de febrero de 2014, que declaró la nulidad del acto dictado por el referido instituto en reunión N° 488-12 de fecha 02 de noviembre de 2012, mediante el cual se le otorgó título de adjudicación y carta de registro agrario a favor del ciudadano FRANCISCO BASTOS TEIXEIRA, sobre un lote de terreno denominado Hacienda Colón, parroquia Ocumare del Tuy, municipio Lander del estado Miranda. En consecuencia, se instruye suficientemente al Instituto Nacional de Tierras, de abstenerse de ejecutar actos que perturben el libre desarrollo de la labor económica y social que desarrolla el ciudadano FRAN.....