Cumplidos los requisitos exigidos en la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO AGRARIO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, admite el recurso de casación, anunciado en fechas 23 y 30 de enero de 2.008, por el abogado RODRIGO KRENTZIEN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 75.176, co-apoderado judicial de la parte demandada, en contra de la decisión dictada en fecha 21 de enero de 2.008, por este Juzgado Superior Primero Agrario, en la ACCIÓN REIVINDICATORIA, interpuesta por la Sociedad Mercantil DESARROLLOS RURALES PRADOS DEL SUR ESTE C.A., contra la Sociedad Mercantil NONOKA C.A.