DISPOSITIVO
En torno a lo antes expuesto, este Juzgado Superior Primero Agrario administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer el presente Recurso Contencioso Administrativo de nulidad. Y así se decide.-
SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud de perención de la instancia de fecha 16 de diciembre de 2013, formulada por la representación judicial del Instituto Nacional de Tierras (INTI), ciudadana abogada IVANORA ZAVALA RODRÍGUEZ, plenamente identificada a lo largo del presente fallo. Y así se decide.-
TERCERO: Una vez hayan transcurridos los lapsos procesales para ejercer los recursos a que hubiere lugar y las partes no hayan realizados los mismos, se da por TERMINADO el procedimiento y se ordena el archivo del expediente. Y así se decide.-
CUARTO: No se hace especial condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo.
QUINTO: Se ordena notificar a la Procuraduría G.....