PRIMERO: Sin lugar la solicitud de Regulación de Competencia formulada en fecha 11 de marzo de 2015, por el ciudadano abogado JAIME A. CEDRÉ CARRERA, actuando en su carácter de co-apoderado judicial de la parte demandante. Y así se decide.
SEGUNDO: Se confirma en los términos de ésta alzada, la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 17 de marzo de 2015. Y así se decide.
TERCERO: Competente territorial, material y funcional para conocer, sustanciar y decidir del presente juicio de COBRO DE BOLÍVARES (procedimiento ordinario agrario), incoado por el BANCO BICENTENARIO, BANCO UNIVERSAL, C.A., hoy día BANCO BICENTENARIO DEL PUEBLO, DE LA CLASE OBRERA, MUJER y COMUNAS, contra la Sociedad Mercantil AGROPECUARIA VILLA ELVIA, C. A, ambos ampliamente identificados a lo largo del presente fallo, al JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, con.....