D I S P O S I T I V O
En consideración a todo lo antes expuesto, este Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y de los Estados, Miranda, Vargas, Guárico y Amazonas, actuando como Tribunal de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Especial Agrario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Improcedente la demanda por indemnización, propuesta por los ciudadanos JOSÉ ANTONIO DÍAZ BLANCO y VICENTE ANTONIO DÍAZ BLANCO, debidamente asistidos por el ciudadano abogado MIGUEL GENER MORANTES, contra el INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, representado por su Presidente, ciudadano JUAN CARLOS LOYO, todo según libelo de demanda presentado por ante esta superioridad en fecha 07 de febrero de 2.008. Y así se decide.
SEGUNDO: No se hace especial condenatoria en costas, dada la naturaleza de este fallo. Y así se decide.
TER.....