PRIMERO: Competente para el conocimiento de la presente acción de amparo constitucional.
SEGUNDO: Improcedente in limine litis la acción de amparo constitucional, incoada por el ciudadano GASTÓN GARMENDIA, contra las presuntas actuaciones realizadas por funcionaros del Instituto Nacional de Tierras, con ocasión a la solicitud de "certificación de cadenas titulativas". Y así se decide.-
TERCERO: Se hace del conocimiento de las partes, que el presente fallo es publicado dentro del término legal para ello. Y así se decide.