Como consecuencia de lo expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: MEDIDA DE EMBARGO PROVISIONAL, a fin que se embarguen cantidades líquidas de dinero propiedad de la parte demandada hasta cubrir la cantidad de QUINIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS BOLIVARES CON DIECISEIS CENTIMOS (Bs. 537.700,16) siendo ésta la suma total de la cantidad adeudada, la cual comprende: PRIMERO: La cantidad de CINCO MIL DOS BOLIVARES CON OCHENTA Y SIETE CÉNTIMOS (Bs. 5.002,87), por concepto de intereses de mora adeudados hasta la fecha de la sentencia definitivamente firme; SEGUNDO: La cantidad de CIENTO OCHO MIL SEISCIENTOS DOCE BOLIVARES CON SESENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 108.612,64), por concepto de intereses convencionales adeudados hasta la fecha de la sentencia definitivamente firme; TERCERO: La canti.....