Como consecuencia de lo expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: MEDIDA DE EMBARGO PROVISIONAL, a fin que se embarguen cantidades líquidas de dinero propiedad de la parte demandada hasta cubrir la cantidad de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE BOLIVARES CON OCHO CENTIMOS (Bs. 454.279,08) siendo ésta la suma total de la cantidad adeudada, la cual comprende: PRIMERO: La cantidad de CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE BOLIVARES CON CINCUENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (Bs. 5.269,54), por concepto de intereses de mora, más los que se sigan causando hasta la fecha de la sentencia definitivamente firme; SEGUNDO: La cantidad de OCHENTA MIL NUEVE BOLIVARES CON CINCUENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 89.009,54), por concepto de intereses convencionales adeudados, más los que se sigan .....