En consideración al cúmulo de lo alegado, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE LA ACCIÓN DE PRESCRIPCION ADQUISITIVA, por ser contraria a disposición expresa de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, interpuesta por el ciudadano ESTEBAN ARNALDO MARRERO BARBOZA, ya identificado al inicio del presente fallo, actuando en su propio nombre y en ejercicio de la posesión de los ciudadanos: ANGELA ELENA MARRERO BARBOZA, MARIA DE LOS ANGELES MARRERO BARBOZA, ROBERT OVIDIO MARRERO BARBOZA, CESAR ALI MARRERO BARBOZA, JESUS MARRERO BARBOZA, MAGDALENA RAMONA MARRERO y PAULA MARISOL MARRERO BARBOZA, supra identificados, asistido por el abogado PAUL GERARDO MILANES OLIVEROS, en contra de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA,
SEGUNDO: Se hace del conocimiento de las partes intervinientes en la.....