En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Agrario de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la ACCIÓN POSESORIA POR PERTURBACIÓN A LA POSESIÓN AGRARIA, intentada por la ciudadana MIREYA QUINTANA UZCATEGUI, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.488.532, agricultora, domiciliada en el Sector Santa Rosalía, Parroquia Mamporal, Municipio Buroz del Estado Bolivariano de Miranda, asistida por el Defensor Público Agrario Abogado CRISTOBAL MARCANO LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.653.495, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 24.931, en contra del CONSEJO COMUNAL BELLO CAMPO, representado principalmente por los ciudadanos HUGO FELIPE LOPEZ MURIA y GLINIS PALMERA CABRERA, venezolanos, mayores de .....