PRIMERO: Que en el presente caso ha operado de hecho y de derecho la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN, y en consecuencia se declara terminado el presente procedimiento que por PRESCRIPCION ADQUISITIVA incoo la ciudadana MARIA JOSE PEREIRA FERNANDES BELO, contra la Sucesión ANTERO MARIA RENGIFO, ANGEL ANTONIO ROSALES o su Sucesión, PEDRO DELGADO ROSALES o su Sucesión y FLORENTINO NEMECIO.
SEGUNDO: Se ordena la remisión del presente expediente a los Archivos Judiciales, una vez quede definitivamente firme la presente
TERCERO: El presente fallo se dicta dentro del término legal, por lo cual se hace innecesario la notificación de la partes.