Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Improcedente el procedimiento de OFERTA REAL DE PAGO Y DEPOSITO, presentada por el ciudadano ALBERINO YAIONE GARCIA, a la Sociedad Mercantil GRANJA FUTURO, C.A., para lograr la pretendida liberación del pago.
SEGUNDO: Se ordena la devolución al oferente de la suma de TRES MILLONES SEISCIENTOS MIL BOLÍVARES (3.600.000,00), más los respectivos intereses que se hayan generado a la fecha.
TERCERO: No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza del fallo.
CUARTO: Se hace del conocimiento de las partes, que el presente fallo es publicado dentro del lapso legal, por lo que es innecesaria su notificación.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, sellada y firmada en la Sala de despacho del Juzgado de Primera Instancia Agraria del .....