En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción judicial del Área Metropolitana de Caracas y Estado Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se REVOCA el auto de Admisión dictado el fecha 18 de noviembre de 2014, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en los Teques.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria se ANULA todas las actuaciones suscitadas con posterioridad al referido auto de Admisión, se REPONE la causa al estado de admisión, en consecuencia se ordena a la parte actora que ADECUE su pretensión al procedimiento Ordinario Agrario, para lo cual le concede un lapso de tres (03) días de despachos sigu.....