PRIMERO: Se ordena la ADECUACIÓN de la pretensión de la parte actora al procedimiento Ordinario Agrario conforme a cualquiera de los quince numerales contenidos en el artículo 197 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, para lo cual se le concede un lapso de tres (03) días de despacho siguientes, contados a partir de que conste en autos su notificación.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior se ordena librar boleta de notificación al BANCO CANARIAS DE VENEZUELA, BANCO UNIVERSAL, C.A., sociedad mercantil en proceso de liquidación administrativa por parte de FONDO DE PROTECCION SOCIAL DE LOS DEPOSITOS BANCARIOS "FOGADE", según Resolución de la Superintendencia de Bancos 33 y otras instituciones financieras N° 627.09, de fecha 27 de noviembre de 2009.