PRIMERO: MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA para la protección de la actividad agraria en el ramo de la floricultura, así como la producción agroalimentaria realizada por la solicitante EMILCE GARCIA TRIANA, venezolana, mayor de edad, agricultora, titular de la Cédula de Identidad Nº 22.776.590, a través de la Defensora Pública ALIX A. ARAGOZA DE LANDA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 2.475.769, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 55.616, sobre un lote de terreno con una extensión aproximada de dos hectáreas y media (2 1/2 hás), ubicado en el sector Meza de Urape-La Laguna, Municipio Acevedo, Parroquia Caucagua del Estado Miranda, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Vía de penetración. SUR: Quebrada El Obispo. ESTE: Terrenos del señor Argenis Uiches Vidal y OESTE; Quebrada El Obispo; en virtud de la cual la mencionada ciudadana podrá ingresar al mencionado lote de terreno y realizar las labores propias de CUIDO, RIEGO, MANTENIMIENT.....