IV
DECISIÓN
Por las razones expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley declara: INADMISIBLE la solicitud de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JEFERSON RICARDO MATA PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-22.019.912, asistido por el abogado Greomir Ignacio Marín Yánez, inscrito en el Instituto de previsión Social del Abogado bajo el Nº 130.801, interpuso ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, en funciones de distribuidor de causas, acción de amparo constitucional, en contra del CUERPO DE POLICÍA NACIONAL BOLIVARIANA, por haber ejecutado el acto administrativo contenido en la Decisión Nº CPNB-DG-6607-15, de fecha 1º de octubre de 2015.