DECISIÓN
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar formulada por los abogados INDIRA COROMOTO MEZA VELÁSQUEZ e IVAN JOSÉ OJEDA ARIPAVON, obrando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos MICHELE MENAFRA, MICHELE MENAFRA PALADINO y DOMENICO GESUMARIA LOBOSCO, todos suficientemente identificados en la parte motiva del presente fallo.
SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, se suspenden los efectos del acto administrativo contenido en la Resolución N° 012291, dictada en fecha 4 de agosto de 2008, por la Dirección General de Inquilinato del Ministerio del Poder Popular para la Infraestructura, hoy Ministerio del Poder Popular para las Obras Públicas y Vivienda, median.....