DECISIÓN
Por las razones expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SU INCOMPETENCIA para conocer de la demanda por "cobro de prestaciones sociales" interpuesta por el abogado EFRAÍN J. SÁNCHEZ B., actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana LESBIA CANDELARIA SÁNCHEZ BARRIOS, en contra de la empresa CVG INTERNACIONAL, C.A.
SEGUNDO: DECLINA la competencia para conocer de la presente causa en los Juzgados Laborales de Primera Instancia de juicio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que previa su distribución le sea asignado.