DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la solicitud de Amparo Constitucional interpuesta por el Abogado JOSÉ SILVERIO GARCÍA MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.249.446 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 36.026, actuando en su propio nombre y representación, en contra del "... Instituto Venezolano de los Seguros Sociales en particular a su representación regional Oficina Administrativa de Los Teques...".