IV
DECISIÓN
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer de la querella incoada por el ciudadano AGUILAR PIÑATE CARLOS LUIS, titular de la cédula de identidad Nº V-19.304.365, asistido por la abogada Rosa Virginia García Velásquez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 144.736, interpuso recurso contencioso administrativo funcionarial conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar de suspensión de efectos, en contra de la Providencia Administrativa N° 005-16, de fecha 12 de octubre de 2016, dictada por el INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO BRION DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 25.5 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
SEGUNDO: S.....