DECISIÓN
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República por autoridad de la Ley, DECLINA el conocimiento de la presente acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Simón Estilito Peña, asistido por el abogado Antonio Trejo Calderon, contra la sociedad mercantil Transporte de Productos Siderúrgicos, C.A., todos plenamente identificados en la parte motiva del presente fallo, en el Tribunal Laboral de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, con sede en Charallave, a los fines de que éste último continúe conociendo del mismo, conforme a las competencias y atribuciones que le son propias. Remítase el expediente.