DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la ciudadana MARY ZOLANDA MEDINA DE MUÑOZ, representada por los abogados Humberto Simonpietri, Juan Bautista Simonpietri y Atilio Agelviz, identificados en el encabezamiento del presente fallo, en contra del Ministerio de Educación Cultura y Deporte, hoy MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA por cobro de diferencia de prestaciones sociales e intereses de mora.
SEGUNDO: Se NIEGAN el recálculo y pago por concepto de diferencia de prestaciones sociales durante el período 1974-1980, y la diferencia a favor de la recurrente de DOSCIENTOS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS SETENTA Y UN BOLIVARES, con SETENTA Y SEIS CTMOS (Bs. 200.293.971,.....